Acciones con Presencia Bursátil
Acciones exentas del Impuesto a la Ganancia de Capital
de acuerdo a la Ley N°19.768 publicada en el Diario Oficial de 07.11.2001

A partir del lunes 17 de junio de 2002, la presencia bursátil considerará las transacciones efectuadas en la Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa Electrónica y Bolsa de Valparaíso.

Las acciones que pierden presencia bursátil pagan impuesto a la ganancia de capital. Para evitar ese pago, el inversionista tiene 90 días de plazo para vender la acción. Transcurrido ese período, deberá cancelar el impuesto correspondiente.

 

 

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